miércoles, 2 de diciembre de 2009

Marlaska desvela el empleo de la señal del móvil en seguimientos


Iñaki IRIONDO
Hasta ahora se sabía que el teléfono móvil podía ser utilizado para tener localizada en todo momento a una persona, puesto que el aparato está en continuo contacto con los repetidores de la zona en la que se encuentra para enviar y recibir llamadas o mensajes en cualquier instante. Y se sospechaba que esta posibilidad técnica podía ser utilizada por las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Ahora, el auto firmado por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska el 28 de noviembre viene a confirmar este uso. En él puede leerse que uno de los procesados no pudo ser seguido durante unos días porque había dejado el teléfono móvil en casa.
Concretamente, en la página 21 del auto, en la relación de vigilancias realizadas a uno de los detenidos, se recoge que «en fecha 24-25-26 de Julio de 2009 acude el filiado junto a [otra de las encausadas] a la Udako Gazte Eskola /Escuela de Verano de Segi, si bien, no pudieron ser seguidos, debido a las medidas de seguridad que adoptaron, dejando los teléfonos en casa».
¿Qué relación puede haber entre que dejaran el teléfono en casa, que eso suponga una «medida de seguridad» y que no pudieran ser seguidos? Pues únicamente la de la utilización de los móviles como un elemento fundamental para hacer ese seguimiento.
Es más, algunos dirigentes políticos, entre ellos algunos parlamentarios, ha tiempo que llegaron a la convicción de que los móviles se pueden utilizar también como micrófonos al margen de la voluntad de sus dueños, por lo que los dejan fuera de los lugares donde realizan algunas reuniones.
La otra cara de Sitel
La posibilidad de hacer seguimientos de personas es una de las facetas sobre las que menos incidencia se ha hecho en el debate recientemente abierto sobre la legalidad y utilización del llamado Sistema Integrado de Interceptación de Comunicaciones (Sitel), aunque en todas las explicaciones que se han ofrecido sobre sus funciones se recogía la de «localización de las personas».
Esta posibilidad ha provocado la preocupación de algunos juristas. Por ejemplo, el fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Pedro Martínez señalaba recientemente que a través del sistema Sitel «se puede saber dónde está la persona, los sitios a los que va, si viaja en coche o en tren -porque las antenas lo están indicando- e incluso con quién está y todo ello sin necesidad de hacer una llamada de teléfono, sólo con tener el teléfono encendido».
De esta forma, se puede controlar no sólo dónde está una persona, sino también con quién está reunida si varias señales son enviadas desde un mismo lugar.
Cabe destacar que con el sistema Sitel no tiene que haber un policía detrás de cada escucha o o control telefónico, sino que sus ordenadores tienen la capacidad de grabar todos los datos de todos los teléfonos móviles, tanto el controlado como aquel a quien llama o quien le llama o envía mensajes.
Una utilización de dudosa legalidad
En las últimas semanas, y a raíz de las denuncias del PP, se ha hablado mucho sobre la legalidad del sistema Sitel. Existen hasta diez sentencias del Tribunal Supremo que avalan su uso, aunque reconocen las limitaciones y carencias del marco normativo del Estado español. Pero lo significativo es que dicho aval judicial se da siempre en el contexto de la interceptación y grabación de las llamadas telefónicas, y no consta que se autorice como método de seguimiento.
Según confirmó el fiscal del Tribunal Superior de Madrid Pedro Martínez, las órdenes judiciales para la intervención de llamadas se dan pensando que se realizan a la manera tradicional del pinchazo telefónico y sin tener en cuenta las nuevas capacidades del sistema Sitel.
La enorme capacidad del sistema y los datos «colindantes sin ninguna selección» que permite almacenar, son los que han llevado al parlamentario del PNV Emilio Olabarria a anunciar la próxima presentación de una iniciativa legislativa en el Congreso «que corrija la disfunción en materia de congruencia entre el contenido esencial del derecho a la intimidad y los sistemas de interceptación de telecomunicaciones»

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